martes, 11 de enero de 2011

El TSJC da la razón a los sindicatos de la Policía Local de La Laguna


El TSJC da la razón a los sindicatos de la Policía Local de La Laguna y no permite que los directores de área interfieran y den órdenes como si fueran mandos policiales
La sentencia es un refuerzo importante para los sindicatos de la Policía Local de La Laguna, concretamente Asipal, CCOO y STAP-Canarias, que han mantenido una dura lucha contra el ex director del área y su sucesora y han señalado que, “recientemente y motivo de uno de los tantos contenciosos que los sindicatos mantienen contra la corporación de este Ayuntamiento por su política de rodillo y atropello constante sobre los derechos laborales y las Leyes que interpreta como mejor le conviene especialmente sobre el colectivo de la Policía Local, uno de los sindicatos se ha hecho con una sentencia trascendental para los intereses y los principios básicos de actuación profesionales e independientes de dicha policía”.

El sindicato “impugnó el cargo del director del Área dentro de la policía local y elegido por libre designación (a dedo), ya que dicho cargo intermedio entre el político y el mando superior, manejaba y orquestaba las actuaciones de la policía y de la Jefatura dejándolas en total sumisión a sus decisiones y exigencias, al igual que se permitía hacerlo sobre el político, en este caso el concejal delegado de turno”.

Este cargo “lo ejerció con imperiosa prepotencia y abuso el anterior funcionario técnico Estanislao González Alayón, ahora en puestos de confianza directa en hacienda y asesor máximo del alcalde, y dicho cargo por sustitución lo ocupa con igual prepotencia y mala fe en aras de servir al interés político por encima de todo, la actual funcionaria técnica Rosario Hernández Eugenio, la cual viene suponiendo un auténtico quebradero de cabeza a muchos sindicatos policiales por su fijación, manipulación del colectivo y desprecio sobre los mismos y sus reivindicaciones”.

Pero la sentencia “deja claramente en sus fundamentos, que dicho cargo no debe de suponer nunca una injerencia en las decisiones sobre el operativo policial, y que solo le corresponden las tareas administrativas y para informar sobre determinados aspectos relacionados, y su importancia en la aclaración es más porque lo dice un Tribunal Superior de Justicia y no un político o funcionario, asesor o ni un sindicato según convenga una u otra versión”.

La pretensión de la demanda resultó “ser ejercida para esclarecer precisamente eso, ya que la realidad era bien distinta, dichos cargos en el uso y exceso de confianza temporal, acababan siendo auténticos jefes no de la jefatura, sino en ocasiones del mando indirecto y de los propios agentes que recibían ocasionalmente las ordenes directas en las dependencias o en las calles por estos funcionarios técnicos, sin tener idea ni cualificación en materia policial para la ocasión.

Estas malas prácticas son además una grave manipulación y contaminación de un colectivo de profesionales que debiendo ser dirigidos y coordinados por sus respectivos jefes y la normativa e independencia profesional que garanticen su imparcialidad, se han visto teledirigidos por estos asesores políticos que han venido marcando la pauta de sus actuaciones y lugares o destinos, pisando las decisiones y mejor previsión profesional que dan siempre los jefes y mandos del cuerpo policial a los que han venido ninguneando constantemente con el beneplácito del concejal y alcalde, acomodados ante unos técnicos de confianza que le hacen su función y generan un deterioro de ejercicio policial que se ha traducido a la vertebración del colectivo, promoción de puestos idóneos a dedo y por afinidades, destrucción de la unidad policial y profesional, desigualdades profesionales y en la dispensa de derechos, desigualdades en la aplicación de los derechos, favoritismos, especializaciones arbitrarias y manipuladas, dejadez de los recursos básicos como uniformidad, radiopatrullas, utensilios y prendas adecuadas para el trabajo que solo suponen un empeoramiento constante de las condiciones laborales y profesionales de un colectivo en deterioro”.

Apuntan los sindicatos que, “esta figura no policial ha llegado a tomar decisiones sobre que prenda debe o no debe ponerse un policía, imponiéndose a los criterios de idoneidad dados por los propios sindicatos o agentes a los que van destinadas, siendo del todo intolerable. Los sindicatos utilizarán dicha sentencia y sus argumentos para denunciar en adelante ante los órganos jurisdiccionales, toda nueva ingerencia o intromisión en las competencias o decisiones sobre el colectivo policial por parte de estos cargos administrativos los cuales han quedado acreditados que están para otras gestiones más correspondientes con sus atribuciones”.

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