El juez de lo contencioso número 1 anula dos acuerdos y un decreto de alcaldía
EDDC.NET | SANTA CRUZ DE TENERIFE
Un agente de espaldas de la Policía Local de La Laguna.
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Es uno de los legados de la alcaldesa Ana Oramas, ahora en el Olimpo madrileño y totalmente ajena a lo que le pueda pasar a su municipio, donde un enloquecido alcalde nacionalista, más cercano a Secundino Delgado que a León y Castillo, intenta imitarla sin resultado alguno, dejando una sensación de debilidad y pobreza política bastante lamentable. Y ese legado tiene forma de sentencia, dictada por el juez de lo contencioso número 1 de Santa Cruz sobre una convocatoria para tres plazas de cabo de la Policía Local de La Laguna, que la anula y ordena repetirla, aunque cabe recurso y seguramente es lo que hará el Ayuntamiento para intentar salvaguardar sus ilegalidades y ganar tiempo.
Y ha sido un triunfo en toda regla. Los dos demandantes han vencido de la mano de Patricio Perera Oliva nada menos que al decano del colegio de Abogados, Víctor Medina Fernández Aceytuno, como no en defensa del Ayuntamiento, lógicamente y otros letrados, Alicia Mújica Dorta, Miguel Ángel González Hidalgo y Ceferino Marrero Fariña.
El asunto es que dos aspirantes a cabo fueron suspendidos en las pruebas psicotécnicas de una manera, por llamarlo así, poco elegante, sin cuidar las formas y en provecho de otros, como suelen pasar en estos casos y ya en La Laguna van varias. En este caso, el juez estima sus argumentos y anula las pruebas psicotécnicas realizadas y por ende de los siguientes acuerdos del tribunal calificador y decretos de la alcaldía-presidencia.
Y anula “el acuerdo de 20 de septiembre del tribunal calificador por el que se publican las calificaciones de las pruebas psicotécnicas correspondientes al apartado A) aptitud psicosocial de la fase de oposición consignada en la base 6 del indicado procedimiento selectivo” y también, “el acuerdo del tribunal calificador de 18 de octubre de 2007 por el que se desestiman las reclamaciones formuladas por los actores contra el acuerdo del tribunal calificador de fecha 20 de septiembre de 2007 precitado por el que se publican las calificaciones de las pruebas psicotécnicas y se impugnan dichas pruebas”.
Y lo más importante: “decreto de alcaldía del Ayuntamiento de La Laguna, 287/05 de 20 de febrero de 2008 por el que se desestima los recursos de alzada interpuesto por los demandantes contra el acuerdo del tribunal calificador de fecha 18 de octubre”.
Se trata de una promoción interna a tres plazas de cabo y los dos afectados fueron separados por no pasar los psicotécnicos. Lo curioso es que no se motivo porque los dejaron fuera, cuando en una anterior promoción si superaron la prueba con el mismo psicólogo, motivación a la que obliga la ley. Su ausencia es un defecto de forma que anula esta arbitrariedad del Ayuntamiento y el juez le concede a los dos afectados la posibilidad de recurrir la nueva resolución “que se dicte impugnándola una vez que ya conozca la motivación del tribunal calificador y pueda discrepar de ella en los términos y con los límites previstos por la conocida doctrina de la discrecionalidad técnica”.
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